Nueva normativa
Seguro de circulación para carretillas elevadoras
Hasta ahora, el seguro obligatorio para vehículos estaba ligado a la matriculación y al uso en vías públicas. La Ley 5/2025 rompe con ese criterio e introduce un concepto nuevo: el «hecho de la circulación».
Bajo esta nueva definición, cualquier vehículo autopropulsado que circule en cualquier entorno —nave industrial, almacén, muelle de carga, cámara frigorífica— y que pueda causar daños a personas o bienes queda sujeto a la obligatoriedad del seguro de Responsabilidad Civil. La ubicación ya no es relevante. El riesgo, sí.
Esto afecta directamente a carretillas elevadoras, transpaletas eléctricas y maquinaria de almacén que superen los 25 kg de peso o los 14 km/h de velocidad. Si tu flota cumple alguno de estos criterios, tu empresa tiene una obligación legal que no puede seguir ignorando.
¿Qué Obliga a Cubrir la Nueva Ley?
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Responsabilidad civil por daños a personas dentro de las instalaciones
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Indemnizaciones a trabajadores accidentados por maquinaria en movimiento
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Daños materiales a bienes de terceros: vehículos, mercancía, infraestructuras
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Cobertura de reclamaciones extrajudiciales y procedimientos judiciales
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Defensa jurídica especializada en accidentes con maquinaria industrial
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Cumplimiento de los nuevos baremos de indemnización establecidos por la norma
Cómo adaptarte a la normativa en tres pasos
Regularizar tu flota antes del plazo de 2026 no tiene por qué ser complicado. Te guiamos en todo el proceso.
Paso 1 - Auditoría de tu flota
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Identificamos qué máquinas de tu flota están dentro del ámbito de aplicación de la Ley 5/2025 según sus características técnicas de peso y velocidad.
Paso 2 - Diseño de la póliza
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Elaboramos una propuesta de cobertura específica para tu actividad, sin cláusulas genéricas ni exclusiones que dejen vacíos. Respaldada por AXA Seguros.
Paso 3 - Alta y certificación
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Tu empresa queda cubierta y en cumplimiento legal. Recibes la documentación necesaria para acreditar la cobertura ante cualquier inspección o reclamación.
¿Qué máquinas están afectadas?
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo está en vigor la Ley 5/2025?
La ley ya está en vigor. El plazo de adaptación para que todas las flotas cuenten con seguro de RC específico finaliza en 2026. Revisar los seguros de tus carretillas hoy te garantiza total tranquilidad y te ahorra multas mañana.
¿Es obligatorio el seguro si mi carretilla nunca sale de la nave?
Lo que determina la obligación ahora es el hecho de la circulación, que engloba riesgos reales en tu operativa diaria como atropellos, caídas de carga o golpes en las instalaciones. Por tanto, aunque tu carretilla no tenga obligación de matrícula, la Ley 5/2025 establece que sí debe contar con un seguro de Responsabilidad Civil si supera los 14 km/h y 25 kg.
Mi empresa ya tiene un seguro de Responsabilidad Civil General, ¿estoy cubierto?
Aunque tu póliza de Responsabilidad Civil General puede cubrir ciertos aspectos, suele haber limitaciones importantes, especialmente con maquinaria autopropulsada. Nuestro seguro no solo cubre esos vacíos, sino que ofrece una cobertura específica diseñada para tu operativa diaria, solicita más información.Aunque tu póliza de Responsabilidad Civil General puede cubrir ciertos aspectos, suele haber limitaciones importantes, especialmente con maquinaria autopropulsada. Nuestro seguro no solo cubre esos vacíos, sino que ofrece una cobertura específica diseñada para tu operativa diaria, solicita más información.
¿Es obligatorio asegurar las carretillas eléctricas?
Actualmente existe una moratoria para este tipo de vehículos, por lo que la obligación inmediata de asegurarlas aún no ha entrado en vigor. Sin embargo, la normativa ya deja claro que esta exigencia llegará próximamente. Adelantarte y asegurarlas ahora es una medida de previsión inteligente para evitar vacíos de cobertura y estar preparado antes de que finalice el plazo legal.
¿Necesito matricular la carretilla?
Depende de su uso. Si la carretilla va a circular por vías públicas, es obligatorio que esté matriculada y pase la ITV; en este caso, ya tendrá su propio seguro de circulación.
Sin embargo, las carretillas de uso exclusivo en interiores no necesitan matriculación. El gran cambio este año es la obligatoriedad legal de que en 2026 todas cuenten con un seguro de responsabilidad civil. Nuestra póliza está diseñada precisamente para cubrir este nuevo requisito, protegiendo tus máquinas de interior ante posibles daños a terceros durante la operativa diaria y asegurando que cumples con la normativa actual.
¿A qué sanciones me expongo si no aseguro mi maquinaria?
No contar con el seguro obligatorio puede acarrear multas económicas considerables. Lo más grave, no obstante, es que la empresa tendría que responder con su propio patrimonio ante cualquier daño personal o material causado por la carretilla. La Ley 5/2025 es muy estricta al respecto para garantizar la protección total de las víctimas en cualquier incidente.
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